sábado, enero 06, 2018

Ivan López podrà ser candidato independiente por Emiliano Zapata

Opción de Veracruz
Xalapa

El Consejo General del Organismo Público Local Electoral del Estado de Veracruz determinó, en sesión extraordinaria, otorgar el derecho a registrarse como candidato independiente al ciudadano Iván López Fernández en el Proceso Electoral Local Extraordinario 2018 en el Municipio de Emiliano Zapata.

Sin embargo, Iván López Fernández deberá solicitar su registro en los plazos y términos previstos en el Calendario de dicho proceso y mantener vigentes los requisitos que fueron necesarios para obtener la calidad de aspirante a la candidatura independiente, relativos a la Asociación Civil y las cuentas bancarias a nombre de ésta, exclusivamente para el cumplimiento de sus obligaciones en materia de fiscalización.

Cabe mencionar que el artículo 263 del Código Electoral para el Estado de Veracruz y el artículo 365 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, coinciden en señalar que las Candidaturas Independientes que participaron en una elección ordinaria que haya sido anulada, tienen derecho a hacerlo en las extraordinarias correspondientes. 

En otro punto del orden del día el Consejo General determinó, por mayoría de votos, no emitir la Convocatoria dirigida a la ciudadanía del estado de Veracruz interesada en obtener su registro bajo la figura de Candidaturas Independientes para el cargo de Ediles de los Ayuntamientos de Camarón de Tejeda, Emiliano Zapata y Sayula de Alemán, en el Proceso Electoral Local Extraordinario 2018.

Al respecto, el Consejero Electoral Juan Manuel Vázquez Barajas, quien emitió un voto concurrente, apuntó que la determinación de condiciones igualitarias que permitan una contienda real y certera, es la base del resolutivo principal del Acuerdo.

“El artículo cuarenta y uno, base quinta de la Constitución nos obliga a cumplir con un principio fundamental que es el de la igualdad, ese principio fundamental del proceso electoral nos lleva a que demos condiciones de igualdad, tanto a los Partidos Políticos como a los ciudadanos que aspiren a una candidatura independiente; esto es, si no puede ahora participar algún partido político, que no inscribió candidato en un municipio, sería injusto y no igualitario que sí pudiese ser registrado un candidato independiente a tal contienda”.  

La Consejera Electoral Tania Celina Vásquez Muñoz acompañó el sentido del proyecto argumentando que en una elección extraordinaria, existe la obligación de dar a las opciones políticas que participaron en la elección ordinaria la oportunidad de contender nuevamente, bajo condiciones de equidad e igualdad entre los participantes, rigiéndose bajo los mismos lineamientos del proceso electoral ordinario. 

“Si el legislador veracruzano determinó no establecer en la normativa electoral que en los procesos extraordinarios se deban emitir convocatorias para que se posibilite a ciudadanas y ciudadanos que no contendieron por la vía independiente en la elección ordinaria, es porque su participación en la elección extraordinaria, evidentemente, implicaría introducir elementos y condiciones ajenas a aquéllas en las que se verificó la elección declarada como nula, pues significaría modificar el número de contendientes y, por ende, que el electorado tuviera opciones distintas a las que le fueron presentadas desde un inicio en la elección ordinaria”.

El Consejero Electoral Iván Tenorio Hernández también acompañó el sentido del proyecto al considerar que si bien es cierto que el artículo primero de la Constitución Federal, obliga a salvaguardar y garantizar los derechos humanos y que en la interpretación de todas las normas se privilegie, en este caso no aplicaría una maximización de los mismos.

“Creo que más bien se debe hacer una interpretación sistemática y funcional atendiendo al marco normativo vigente encaminado a que salvaguardemos los principios de certeza, seguridad jurídica y de equidad con respecto a que las opciones políticas que contendieron en una elección ordinaria, sean las mismas que contiendan en la extraordinaria”.

Por su parte, la Consejera Electoral Julia Hernández García anunció su voto particular en contra del Acuerdo refiriendo que en otros procesos electorales, en el tema de las candidaturas independientes, el órgano colegiado ha determinado maximizar los derechos para esta figura.

“Si bien es cierto que se ha hecho alusión a la inequidad en la que contenderían, dado la brevedad de los plazos, creo que nosotros cumpliríamos con garantizar con la emisión de la Convocatoria, distinto es que la ciudadanía que se interesara por participar en esta modalidad alegara este tipo de inequidad porque una vez que se da a conocer la convocatoria, los plazos y los términos, creo que la ciudadanía, que en su caso estuviera interesada en participar aún en estas condiciones, sería bajo los términos de la Convocatoria”. 

Finalmente la Consejera Electoral Eva Barrientos Zepeda anunció que emitiría un voto particular argumentando que la figura de las candidaturas independientes no es la misma que los partidos políticos, abundó que si bien hay prohibición para las organizaciones políticas que no postularon en las elecciones ordinarias, las reglas para los independientes no son iguales. 

 “Voy en contra de lo propuesto por este Acuerdo, no hay jurisprudencia todavía que obligue a este órgano administrativo a irse en un sentido o en otro.  Ni la LGIPE, ni el Código, ni la Convocatoria del Congreso, tienen una prohibición expresa para la participación de nuevas candidaturas independientes, si no hay ninguna prohibición, hay que privilegiar la igualdad legal”.

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